¿Quién ha de realizar el trámite de apertura de centro de trabajo de una obra de construcción?
Según la (Orden TIN 1071/2010 de 27 de abril), el trámite de apertura o reanudación de la actividad de centros de trabajo en obras de construcción será efectuado únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas. Deberá realizarse con carácter previo a la fecha de inicio de la actividad y se mantendrá permanentemente actualizado en el caso de que se produzcan cambios no identificados inicialmente.